Mostrando artículos por etiqueta: VENTANILLA SOCIAL

Martes, 26 Enero 2021 12:27

Solicitudes Varias

Para aquellos usuarios(as) que quieren presentar una solicitud relacionadas a una organización comunal, espacios vecinales y/o solicitudes personales, existe una  solicitud general llamada “Solicitudes varias”, en la cual presenta sus necesidades al alcalde para que sean atendidas, según corresponda.

Publicado en Alcaldía
Martes, 26 Enero 2021 12:26

Audiencia Lobby

Permite presentar solicitudes de audiencia que tienen como objetivo promover, defender o representar cualquier interés particular para influir en las decisiones que deban adoptar las autoridades y/o funcionarios, siendo regulados  por la Ley N° 20.730 y su reglamento.

Publicado en Alcaldía
Martes, 26 Enero 2021 11:36

Solicitud Audiencia con el Alcalde

Todo ciudadano(a) puede solicitar una audiencia (reunión) con el alcalde, con la finalidad de dar a conocer sus intereses en aquellas materias no comprendidas por la actual Ley del Lobby (Ley N° 20.730).

Publicado en Alcaldía
Martes, 14 Enero 2020 20:13

Subsidio Único Familiar

Es un beneficio establecido por la Ley N°18.020 destinado a personas de escasos recursos que no perciben asignación familiar, (que no tengan fonasa b, c, d o isapre). Consiste en la entrega de un subsidio mensual por un valor de $ 16.418. Dicho beneficio dura 3 años al cabo de ellos se puede volver a postular un mes antes de su vencimiento. DOCUMENTOS A PRESENTAR Menores de 6 años:
  • Certificado de nacimiento
  • Fotocopia carnet control niño sano las hojas del nombre, ultimo control y vacunas
Mayores de 6 años:
  • Certificado de nacimiento
  • Certificado de alumno regular.
Para la madre:
  • Fotocopia del carnet de identidad
  • Ultimas 12 cotizaciones de la AFP
Para el duplo debe presentar:
  • Certificado del COMPIN
  • Tener la ficha Registro Social de Hogares aplicada en la comuna que vive con un porcentaje de hasta el 60% más vulnerable en el registro social de hogares.
Si el postulante es tutor del menor:
  • Presentar certificado del tribunal
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Este trámite se realiza a través de los módulos del Departamento de Ventanilla Social (Edificio Consistorial – Av. Barros Luco 1881, Barrancas).
  • Debe tomar número en el Tótem donde dice BENEFICIOS SOCIALES y esperar ser atendido en los módulos.
  • El horario de atención es de lunes a viernes desde las 08:30 hasta las 13:30 horas.
  • Al depender del Estado, esta solicitud tiene un tiempo de respuesta de hasta dos meses contado el ingreso de la solicitud.
  • Una vez beneficiado, los pagos serán realizados directamente por el Instituto de Previsión Social (IPS) a través de la Caja de Compensación Los Héroes
  • El subsidio tiene una duración de tres años a contar de la fecha en que se otorga. Cumplida esa fecha, el beneficiario deberá acreditar a lo menos una vez al año que se mantienen las condiciones por las cuales se le otorgó el beneficio.
COSTOS
  • No existen costos, puesto que es un beneficio.
OTRAS CONSIDERACIONES
  • Para recibir este subsidio, no se puede contar con otros ingresos o derechos similares. Tales como asignación familiar, ingreso por concepto de trabajo y/o derecho al prenatal y postnatal, subsidio maternal, entre otros.
  • Las causales de extinción del beneficio pueden ser por cumplimiento de edad 18 años, por dejar de cumplir con los requisitos exigidos en su otorgamiento, por no cobro durante 6 meses consecutivos.
  • En caso de dudas o problemas con este subsidio, puede comunicarse con la Superintendencia de Seguridad Social a los teléfonos 2620 44 00 o al 2620 45 00.
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Martes, 14 Enero 2020 20:10

Pensión garantizada universal vejez

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Estado que reemplaza a los beneficios de vejez del Pilar Solidario, cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS). El monto de este beneficio asciende a un máximo de $193.917, el que se reajustara en febrero de cada año. A partir del pasado 1 de Agosto de 2022 comenzaron a regir los requisitos permanentes de acceso al beneficio, los cuales son:
  • Tener 65 años o más de edad
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos: Un periodo no inferior a 20 años (continuos o discontinuos), desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad; Un lapso no inferir a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a beneficios de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior)

DOCUMENTOS A PRESENTAR
  • Cédula de identidad
  • Registro social de Hogares
  • Para solicitar la PGU en línea necesita contar con Clave Única

PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Puede solicitar apoyo para realizar este trámite a través de los módulos del Departamento de Ventanilla Social (Edificio Consistorial – Av. Barros Luco 1881, Barrancas). Debe tomar número en el Tótem donde dice BENEFICIOS SOCIALES y esperar ser atendido en los módulos.
  • El horario de atención es de lunes a jueves desde las 08:30 hasta las 13:30 horas.
  • En el proceso de evaluación de requisitos para acceder a la PGU, la ley considera un instrumento de medición específico para este beneficio, con el fin de determinar a través de un puntaje, si la persona integra un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años y más.
  • En el análisis se incluye (aparte de algunos datos del Registro Social de Hogares) diversa información de ingresos y necesidades de los integrantes de ese grupo.
  • El monto a otorgar dependerá del rango de edad en el que se encuentre. Además, dicho monto será reajustado cada año, según el IPC.
  • Se demora 60 días aproximadamente en tener respuesta a la solicitud. Es el IPS quien otorga el beneficio.

Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias (oirs)
COSTOS
  • No existen costos, puesto que es un beneficio.

OTRAS CONSIDERACIONES
  • El beneficio está sujeto a evaluación por parte del IPS (Instituto previsión social) para verificar que el beneficiario mantiene todos los requisitos exigidos por la ley.
  • La pensión se mantendrá vigente mientas el beneficiario cumpla los requisitos y no se ausente del país por un periodo de 90 días o más.
  • Para las personas pensionadas de AFP (retiro programado) con APSV, que reciben una Pensión Final Garantizada de monto mayor a la PGU, desde mayo de 2022 el IPS les asigna, informadamente, al beneficio que resulta de mayor monto, comparando entre la PGU y el APSV, con derecho a revertir dicha asignación, por una sola vez, hasta abril de 2023.
  • Para quienes tengan una pensión base menor o igual a $660.366 mensuales, el monto de la PGU ascenderá a $193.917; mientras que para quienes tengan una pensión base mayor a $660.366, pero menos a $1.048.200, el monto de la PGU será variable:
Publicado en Subsidios Sociales
Martes, 14 Enero 2020 19:55

Beca Municipal

 Aporte monetario (a través de un cheque) destinado a los estudiantes de educación superior para solventar gastos derivados de su proceso educativo. Tales como financiar pasajes, matrículas, aranceles, materiales, ente otros.

 

 Diversas actividades abiertas dedicadas a los adultos mayores.

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Sábado, 28 Septiembre 2019 10:05

Renuncia a la Patente

 Es el término del giro de una patente, indicando el cese de las actividades por las que se obtuvo. Se debe renunciar formalmente para que se elimine el rol. De lo contrario, se mantendrá vigente y acumulará deudas.

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